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8 de septiembre de 2020

Alcances y beneficios de la nueva y recién promulgada Ley del Cáncer

La nueva normativa, bautizada como Claudio Mora en homenaje al médico cirujano que a los 46 años falleció a causa de un cáncer de páncreas, contempla la creación de un marco legal para la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas destinadas a prevenir el aumento de la incidencia del cáncer.

La nueva Ley garantizará el adecuado tratamiento integral y la recuperación de las personas diagnosticadas con la enfermedad, conforme a lo establecido en el Plan Nacional del Cáncer del Ministerio de Salud.

Así, la ley fortalece el Plan Nacional del Cáncer lanzado en 2018 que, entre otros pilares, se sustenta en la creación de una Red Nacional de centros oncológicos, del registro nacional de estos pacientes y un fondo para financiar estas prestaciones.

Prevención

El Plan contempla el diseño, ejecución y evaluación de programas de prevención de factores de riesgo de cáncer y, especialmente, el de cesación tabáquica, promoviendo en los centros de atención primaria de salud los tratamientos para la rehabilitación y para superar la dependencia.

Registro Nacional del Cáncer

La norma contempla el desarrollo de un Registro Nacional de Cáncer, el que contendrá la información necesaria para hacer un estudio de los tipos de cáncer que presentan mayor incidencia en cada zona del país, así como determinar las características generales de quienes padecen esta enfermedad, permitiendo la generación de políticas públicas basadas en evidencias epidemiológicas.

Centros en todo el país

La ley crea la Red Oncológica Nacional, que constará de centros especializados que serán parte de la Red Asistencial de Salud, con el propósito de entregar diagnósticos, tratamientos y seguimiento de los pacientes. Estos centros serán clasificados como centros de Alta, Mediana y Baja complejidad y estarán distribuidos en las distintas regiones del país. En el caso de Antofagasta, el a Centro Oncológico del Norte (CON),  es el centro de referencia de la macro zona norte del país.

Financiamiento

Además, establece el Fondo Nacional de Cáncer, que estará destinado a financiar programas y proyectos relacionados con la investigación y estudio para la implementación del Programa Nacional del Cáncer, así como el estudio, evaluación, promoción y desarrollo de iniciativas de prevención y pesquisa temprana.

Más especialistas

La ley considera una política de formación de especialistas para el tratamiento del cáncer, tanto médicos y otros profesionales de la salud como investigadores, lo cual estará coordinado con el Ministerio de Educación y el de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.

Protección laboral

Se incorporan, además, normas para proteger a los trabajadores que padezcan cáncer, considerando que ninguna contratación, permanencia o renovación de contrato podrá condicionarse a la enfermedad. Asimismo, cualquier despido de un trabajador declarado como discriminatorio será considerado grave por basarse en el padecimiento del cáncer.

Comisión Nacional

La ley también crea la Comisión Nacional de Cáncer, la cual deberá asesorar al Ministerio de Salud en la formulación de las políticas, en la investigación científica e implementación de estrategias.

De acuerdo con datos del Departamento de Estadísticas e Información en Salud (DEIS), del Ministerio de Salud, ya en el año 2015 las enfermedades oncológicas constituían la segunda causa de muerte del país y la primera en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Coquimbo, el Maule, Los Lagos y Aysén.

 

Para más detalles: www.bcn.cl/leyfacil/recurso/ley-del-cancer